En AGENCIA INMOBILIARIA RIVIERA & YUCATAN REAL ESTATE, tenemos conocimiento de las leyes inmobiliarias en México, por lo que nos apegamos estrictamente a los lineamientos dentro del marco legal.

La NOM-247-SE-2021

“Prácticas comerciales - Requisitos de información comercial y publicidad de bienes inmuebles destinados a casa habitación - Elementos normativos para el contrato”

Esta norma entró en vigor el 20 de septiembre de 2022 y aplica de forma obligatoria en todo el país para desarrolladores, promotores, inmobiliarias y vendedores de bienes inmuebles destinados a casa habitación, ya sea en preventa, venta directa o por medios digitales.

1.Objeto y campo de aplicación

Establece los requisitos mínimos de información comercial y publicidad para la venta de inmuebles destinados a casa habitación. También determina los elementos que deben contener los contratos de adhesión registrados ante PROFECO.

¿A quién aplica?

  • Desarrolladores inmobiliarios
  • Constructores
  • Vendedores o promotores
  • Inmobiliarias
  • Cualquier persona física o moral que comercialice bienes inmuebles habitacionales en México

2. Definiciones clave

Algunas definiciones importantes en la norma:

  • Bien inmueble habitacional: Terreno, casa, departamento u otro espacio edificado con fines de vivienda.
  • Publicidad: Toda comunicación que tenga por objeto promover la venta del inmueble.
  • Contrato de adhesión: Documento aprobado por PROFECO que regula la relación comercial entre comprador y vendedor.
  • Información comercial: Todos los datos que se entregan al consumidor antes de firmar un contrato

3.Información comercial obligatoria previa a la compraventa

La información que debe entregarse al consumidor antes de que firme el contrato incluye:

  • Nombre, razón social y domicilio del proveedor
  • Ubicación exacta del inmueble  Superficie del terreno y de construcción (privada y común)
  • Precio total y, si aplica, condiciones de pago, enganche y financiamiento  Tipo de inmueble (horizontal o vertical)
  • Número de lote o unidad privativa
  • Fecha estimada de entrega física
  • Servicios y equipamiento incluidos
  • Regímenes de propiedad (propiedad en condominio, fraccionamiento, etc.)
  • Indicación sobre si está o no inscrito en el RAN o RPP

4.Publicidad del inmueble

Toda publicidad (impresa, digital, redes sociales, etc.) debe ser:

  • Veraz y comprobable. No puede inducir al error o engaño
  • Debe coincidir con las condiciones reales del inmueble
  • Las imágenes deben corresponder al proyecto real (no se permiten renders engañosos)
  • Si es preventa, debe indicarse claramente que se trata de un proyecto en desarrollo

5.Contrato de adhesión obligatorio

Debe estar registrado ante PROFECO y contener como mínimo:

  • Datos completos del proveedor y del consumidor
  • Descripción clara del inmueble (lote, medidas, colindancias, etc.)
  • Precio total del inmueble y forma de pago
  • Fechas límite de entrega del inmueble
  • Penalizaciones por incumplimiento de alguna de las partes
  • Procedimientos para cancelación, devolución y garantías
  • Indicación de si el consumidor puede desistirse del contrato
  • Firma de ambas partes

Además:

  • El contrato debe estar redactado en español claro y sin cláusulas abusivas
  • El consumidor debe recibir una copia firmada

6.Garantías

El proveedor debe ofrecer garantía por:

  • Vicios ocultos (defectos en la construcción, instalación eléctrica, hidráulica, etc.)
  • El tiempo mínimo de garantía será el que establezca la legislación aplicable (Código Civil o Ley de Protección al Consumidor)

7.Derechos del consumidor

  • Acceso a información veraz y completa
  • Derecho a copia del contrato y comprobantes de pago
  • Derecho a rescindir el contrato bajo ciertas condiciones
  • Derecho a exigir cumplimiento de garantías
  • Derecho a que se respeten las condiciones ofrecidas en publicidad

8.Verificación y sanciones

La PROFECO y otras autoridades pueden:

  • Visitar e inspeccionar oficinas y desarrollos
  • Solicitar información, publicidad y contratos
  • Imponer sanciones económicas o clausuras por incumplimiento
📝 Anexos

La norma incluye modelos de cláusulas y estructuras mínimas para:

  • Contratos de compraventa
  • Contratos de preventa
  • Contratos con crédito hipotecario
Firma